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SILVA & ASSOCIATES, SC

Somos el timón en el arranque y el radar en el trayecto del barco de sus negocios en México

Preguntas frecuentes

¡Estamos aquí para ayudarte!

Para cuestiones aduaneras un buen agente aduanal y para los contratos mercantiles internacionales 3 peritos: un experto en seguros de transporte (sobre todo marítimo) y almacenajes internacionales, un experto de su banco, en cuestiones financieras (cartas de crédito) y pagos internacionales y en cuestiones legales a un abogado, experto comprobado en derecho internacional con especialidad en mercantil, haga que todos le den sus respuestas por escrito, hable con alguno de los clientes de dichos asesores.

Un contrato comercial internacional es esencialmente un documento legal, aunque no contenga referencias a normas o leyes de algún país. Las normas invisibles que se encuentran en ese documento, (que dependen del lugar de celebración, o de donde se presenta la demanda, etc.), son el código aplicable a lo que hayan pactado comercialmente las partes, según el derecho internacional. El sistema legal que se aplique es el que dirá como se resolverán las dudas y las divergencias que muy probablemente existirán en un contrato a mediano o largo plazo. En un contrato es tan importante lo que no se dice como lo que se expresa, o tal vez más. No existe contrato sin ley aplicable.

Mande la explicación clara y breve de su asunto por email. Además, envíe copia de su contrato y de todas las comunicaciones existentes entre ambas partes, incluyendo su relato de las verbales que haya habido. Tan pronto recibamos esos documentos con su ficha de depósito, nos comunicaremos con usted.

Primero pedirle por escrito que lo haga en los términos que se haya pactado (tiempo, lugar y modo) y también que diga por escrito cual es el motivo para no hacerlo. Aunque ya lo haya dicho verbalmente, hay que pedirle que explique sus motivaciones. con su respuesta escrita se podrán analizar esos porqués frente al contrato existente. De eso dependerán los mecanismos aplicables para resolver el asunto.

Avisarle por escrito lo que sucede y decirle que esa puede ser una violación al contrato. Especificar las razones por las que ese retraso está causando o puede causar un daño. Hacer que un experto en derecho mercantil internacional revise el contrato.

Tratar de obtener de inmediato un dictamen de un corredor publico mercantil o de una empresa de inspección/verificación internacional (si hay en la zona), y con ello notificarle sin retraso al proveedor, para iniciar la negociación respecto a esa parte de la mercancía. Enviarnos por email la narración de los hechos con las copias del dictamen, el contrato y las comunicaciones (incluyendo la relación de las verbales) con su ficha de depósito. Preparar lo necesario para tomar posesión de toda la carga para venderla o usarla según sus circunstancias.

Antes de firmar, leerlas por completo y tratar de entenderlas cabalmente. Si hay alguna que no se entiende, que es inaceptable o parece ilógica, pedir por escrito una explicación o su justificación. Mientras, no se debe firmar ni aceptar oralmente el contrato. Si el contrato elaborado por la contraparte establece que, en caso de litigio, éste se llevara a cabo en su país, o con sus jueces y bajo sus leyes, manifestar claramente que dichos requisitos no se aceptan, y que en su lugar se aceptan únicamente las leyes supranacionales aplicables y al arbitraje mercantil internacional como única forma de resolver las controversias. Si ya se firmó, de todos modos, enviarle una nota avisando que no se aceptan y que solo se aceptan las normas supranacionales y el arbitraje. Enviarnos con el comprobante de su depósito un email con la explicación breve y el contrato.

En ese caso es preferible analizar con profundidad si existen otros proveedores u otros clientes, aunque las condiciones no sean tan favorables. Lo más normal en el comercio es que haya discrepancias y contrariedades y el tener que ir a litigar un asunto a otro país y con leyes locales, es perder no solo el precio devengado o las mercancías ya entregadas sino el tiempo, el esfuerzo, mucho más dinero y tal vez la posibilidad de continuar en el mercado.

Inicialmente un experto en seguros comerciales internacionales, pero será necesario que un abogado perito en derecho mercantil internacional también revise el contrato y las circunstancias.

Si usted, con base en lo que esa parte prometió, (aunque sea verbalmente y tiene testigos), ya embarcó, o ya preparó lo suficiente el embarque, es muy posible que el contrato ya se haya formado. Envíenos de inmediato un email explicando las comunicaciones orales entre las partes, para analizar los hechos y sugerir una solución.

Por favor consulte la descripción de las clases de servicios que aparecen en las AREAS DE PRACTICA y si no queda con claridad a que área se refiere, mándenos su consulta por WhatsApp dando click en el icono de la parte superior derecha y les diremos en cual o cuales se encuadra.




En derecho corporativo, aduanero, fiscal y ambiental solamente en México, pero en todo el país.

En derecho comercial internacional, no tenemos limitación alguna. Puede ser un asunto entre una empresa de Irán y la Comunidad Europea y otro entre un país de África y los Estados Unidos.




La suma simbólica de $25.00 US Dólares que se cobra por la consulta inicial es para comprobar el interés del empresario en su asunto, pero también, porque para dar una orientación inicial se proporcionan servicios jurídicos que pueden comprometer a la firma legalmente y requieren un análisis profesional detallado desde el inicio.  También, porque de esa respuesta preliminar se podrían derivar procedimientos consecutivos para resolver el problema en su conjunto.

Regularmente de 9 a 5 de lunes a viernes. Sábados de 10 a 13 horas, hora de México Central (GMT -5), pero si recibimos una consulta via electrónica, la trataremos de contestar dentro de las 48 horas hábiles siguientes, sin importar el horario de oficina.

Estamos para ser parte estratégica de la solución que busca

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